firma removida sin incumplir normas.

Iniciado por Kase, 13 Junio 2013, 06:34 AM

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Kase

veran hoy entre y me tope con mi firma removida.

y un mensaje en mi bandeja por un moderador  que no citare por que un error lo comete cualquiera. espero la siguiente vez se tome la molestia de ver el código de la firma y ver que decía [img]

CitarLos colores y tonos de las imágenes de las firmas no deberán ser desagradables a la vista, ni contener imágenes repulsivas u ofensivas, y con unas dimensiones máximas de 500x300px. Tampoco podrán contener vídeos incrustados de Youtube (o cualquier plataforma similar), vídeo y/o sonido. En caso de no cumplir con estas normas se sancionará al usuario de acuerdo a la sección III.C.2.

mi firma no es un vídeo, es solo una imagen menor a 500x 300 que enlaza a un vídeo de mi propiedad (comprendo por que no incrustar vídeos.. aria innecesariamente pesada la carga de algun tema para el visitante)

pero las firmas son para atraer visitas a nuestros sitios no?  todo el mundo las usa asi.. almenos el que tiene un sitio que promocionar y mientras no incomode no hay problema.

si lo se, es ingeniso/engañante camuflajear una imagen como un vídeo, pero kien lo clikee es por que le intereso el tema no?  no veo necesario añadir una norma nueva para prohibir esta practica..

en fin.. vuelvo a colocar mi firma, y si deciden volverla a quitar espero también añadan esa nueva regla al foro.

simorg

#1
Citarun mensaje en mi bandeja por un moderador  que no citare por que un error lo comete cualquiera

Fuí yó quien te removió tu firma, y no he cometido ningún error, veo que la has vuelto a poner, pues bién si pinchas en ella te dirije a Yotube y se vé tu video perfectamente, por lo que infringes las normas. No se permiten videos en las firmas.

Acabo de comunicarlo al Admin, dejo la firma de momento para que él juzge por sí mismo, pero eso es un video, te pongas como te pongas.

Espero rectificación por tu parte.


Saludos.

Saberuneko

#2
Tomado de las normas:
https://docs.google.com/document/d/1OsG_dD3SwbkOmMTg3bAFFRFY69Tq6JQLFf593n97D7Y/preview?pli=1#
I.A.3.a. Contenido de firmas.

Citar...Tampoco podrán contener videos incrustados de Youtube...
Eso no es un vídeo "incrustado", no se está reproduciendo desde el foro, es un enlace al vídeo desde una imagen.
(Los vídeos incrustados son los que usan la etiqueta "youtube")

CitarLas firmas tendrán una longitud máxima de 400 caracteres, estas pueden contener enlaces y cualquier tipo de texto que cumpla con la sección I.A.1.b.

Estoy seguro de que la norma está para evitar el exceso de carga que provocan los vídeos incrustados al cargar. (Sobre todo si le diese a todo el mundo por incrustarlos).

No veo dónde se daría el problema de carga y, por tanto, no veo la violación a la norma siempre y cuando sea interpretada literalmente tal y como está redactada.

De no ser ésta la intención, habría que redactar de nuevo esta norma. (Con eliminar la palabra "incrustados" ya no daría lugar a errores).

simorg

#3
CitarTampoco podrán contener videos incrustados de Youtube (o cualquier plataforma similar), video y/o sonido.


Despues de lo de incrustados, hay una coma, donde dice Video y/osonido.

Independientemente de si es incrustado o nó.

Como en la firma hay un video, interpreto que infringe las normas, con alevosia, queriendo colar un video con apariencia de imagen.

Citarsi lo se, es ingeniso/engañante camuflajear una imagen como un vídeo

Saludos.

Saberuneko

#4
Cita de: simorg en 13 Junio 2013, 15:29 PMDespues de lo de incrustados, hay una coma, donde dice Video y/o sonido.

A mi parecer, esa parte sigue refiriéndose a contenido incrustado ya que, de lo contrario, tendríamos una redundancia, ya que "youtube" caería dentro de la clasificación "vídeos y sonido".

Esto segundo será para evitar cargas de vídeos y sonidos (el segundo caso sería no sólo incómodo por los tiempos de carga, sino porque no hace gracia que empiecen a sonar cosas sobre la marcha, y menos si son varias a la vez).

En mi opinión más sincera, la norma sigue necesitando ser re-escrita de forma más clara, o al menos que me la expliquen, porque ahora no la termino de entender correctamente.

De ser como la interpretas, sería tan sencillo como poner: "Tampoco podrán contener vídeo o sonido". De esta forma no sólo prohibes que sea incrustado, pero también se prohíbe cualquier otro tipo de enlace de texto, con una imagen o cualquier otra cosa que se le pueda ocurrir al usuario.

"La perfección se consigue, no cuando no haya más que añadir, sino cuando no hay nada más por quitar."
~ Antoine de Saint-Exupéry

z3nth10n

Yo estoy con Saberuneko.... El vídeo no se reproduce directamente desde el reproductor de Yutube, si no que es una imagen, que está solamente incitando a un vídeo de youtube...

No hay ninguna norma que prohiba las indexaciones de videos de youtube por link, que yo sepa. :P

Un ejemplo de promoción es mi firma por ejemplo xD
Bueno lo era xD Publicidad subliminal :P

Interesados hablad por Discord.

simorg

Bueno, tras comentar con el Admin, "aceptamos pulpo como animal de compañia".

Tema cerrado.