Menú

Mostrar Mensajes

Esta sección te permite ver todos los mensajes escritos por este usuario. Ten en cuenta que sólo puedes ver los mensajes escritos en zonas a las que tienes acceso en este momento.

Mostrar Mensajes Menú

Mensajes - wolfbcn

#32361
Publicado el 25 de junio de 2013 por Antonio Rentero   

Continúan las aplicaciones revolucionarias del material más milagroso del comienzo del S. XXI. Ahora el grafeno podría servir para que su estructura y propiedades facilitasen una nueva generación de procesadores y memorias, según proponen investigadores del Instituto Tecnológico de Massachussets.

Una combinación de grafeno con materiales ferroeléctricos (empleados habitualmente para el almacenamiento de datos) puede ser la solución para un futuro de excepcionales propiedades en componentes informáticos. Esta tecnología híbrida entre la forma bidimensional del carbono de nueva generación y los actuales materiales permitiría la existencia de un mayor número de componentes en un espacio más pequeño y lo que es más interesante, con menores requerimientos energéticos.

Este nuevo sistema funcionaría controlando las oscilaciones de electrones confinados entre ambos materiales operando en frecuencias de teraherzios, entre el espectro del infrarojo lejano y las microondas, lo que se considera ideal para desarrollar una nueva generación de dispositivos informáticos. Se podrían construir dispositivos interconectados mediante ondas de luz como a través de cables de fibra óptica y con procesadores fotónicos (basados también la transmisión de información por luz, no por electricidad como actualmente).

El concepto inicial desarrollado por este equipo propone un "sandwich" de grafeno entre dos capas de material ferroeléctrico generando pulsos de luz confinados en ondas guía que permiten multiplicar por cien el potencial de transmisión y procesado de señal óptica. De ahí podría derivarse toda una nueva manera de leer y escribir información en formato electrónico con dispositivos de alta densidad, alta velocidad pero ocupando menos espacio y necesitando menos energía que los equivalentes actuales.

vINQulo

TG Daily

http://www.theinquirer.es/2013/06/25/procesadores-mas-rapidos-y-memoria-mas-capaz-gracias-al-grafeno.html
#32362
Xbox Music, el servicio musical que Microsoft está exprimiendo para que la consola Xbox llame más la atención, podría darnos una sorpresa llegando a la web tan pronto como la semana que viene. De este modo, el servicio sale la Xbox y los terminales con Windows Phone o Windows 8 para llegar a todas partes desde una web, aunque estará solamente disponible para los suscriptores.

Ségún la fuente la direccón sería music.xbox.com, que ahora mismo no existe. Pero la proximidad del evento Microsoft Build hace que esto tenga muchos números para ser cierto. Competiría directamente con Pandora o Spotify, que reientemente también ha abierto una versión de su servicio en forma de página web. La idea, en todos los casos, es librarnos de las fronteras de los dispositivos.

Queda la pregunta de si Microsoft dejará que cualquier persona se pueda suscribir a su servicio desde esa web, aunque no tenga ni Xbox ni ningún dispositivo con Windows 8 o Windows Phone. Sería acercar Xbox Music a todo el público, aunque perderían exclusividad con sus propios dispositivos. Lo veremos, seguramente, cuando el evento Microsoft Build empiece mañana.

Vía | The Verge

http://www.genbeta.com/web/xbox-music-podria-tener-una-version-web-la-semana-que-viene
#32363
Hoy quiero presentaros, CloudCube, un gestor de contenidos en la nube disponible para Android. CloudCube no tiene tantos requerimientos como Cloudii, del que ya os hablé, que solo funciona en ICS o superior, ya que la versión del sistema operativo mínima para poder trabajar con CloudCube es Android 2.3.3 o superior.

Al igual que Cluidii, CloudCube es gratuita y soporta, por el momento, un servicio extra, Yandex Disk, que vimos hace tiempo en Genbeta. Ocho GB de almacenamiento gratis son siempre interesantes aunque estén en ruso. Además, con aplicaciones como CloudCube, esa barrera del idioma queda en parte superada, si bien la interfaz del programa no está en nuestro idioma, aunque el inglés sí está al alcance de la mayoría.

Seguir leyendo: http://www.genbeta.com/movil/cloudcube-controla-varios-servicios-de-almacenamiento-en-la-nube-desde-android
#32364
La organización independiente de seguridad e investigación NSS Labs, ha publicado un informe en el que sitúa al navegador de Microsoft, Internet Explorer, como el más seguro muy por encima de otros competidores alternativos como Google Chrome y Mozilla Firefox. Como es lógico, los chicos de Redmond "sacan pecho" de este estudio, asegurando a su vez que su navegador de internet es capaz de bloquear el 99 por ciento del malware.

Internet Explorer 10 se ha impuesto en el estudio realizado por NSS Labs que mide la seguridad de los diferentes browsers del mercado. Según esta organización, Google Chrome, Mozilla Firefox y el navegador de Apple: Safari, son capaces de bloquear tan solo el diez por ciento del malware, ya que utilizan para tal menester una API de Google que bloquea las URLs maliciosas, un sistema insuficiente, ya que el bloqueo se produce cuando el malware ya se ha descargado en el sistema.

En contrapartida, Microsoft utiliza en Internet Explorer 10 la tecnología SmartScreen URL, la cual es capaz de bloquear el mismo diez por ciento de malware que la utilizada por los navegadores alternativos expuestos anteriormente, sumando por otro lado Application Reputation que dota de una mayor protección, siendo capaz de bloquear el 99 por ciento del software malicioso.

http://www.softzone.es/wp-content/uploads/2013/06/proteccion-navegadores.png

Por otro lado según un informe de Secunia, IE es el navegador con menos vulnerabilidades parcheadas (un total de 41 en 2013), seguido de Firefox (257) y Chrome (291).

http://www.softzone.es/wp-content/uploads/2013/06/vulnerabilidades-navegadores.png

Recordemos que los chicos de Redmond lanzarán Internet Explorer 11 incorporado en Windows 8.1, la esperada nueva actualización del sistema operativo de Microsoft, que será presentada en vista previa el próximo 26 de Junio en la conferencia Build que se celebrará en la ciudad norteamericana deSan Francisco, y con casi toda seguridad este vendrá con numerosas mejoras y nuevas características.

http://www.laflecha.net/canales/blackhats/noticias/el-navegador-mas-seguro-es-internet-explorer-10
#32365
Los operadores más importantes de telecomunicaciones de nuestro país han anunciado hoy la ampliación del Código Deontológico que autorregula sus operaciones de Televenta. Concretamente, Jazztel, ONO, Orange, Telefónica, Vodafone y Yoigo han decidido aumentar las iniciativas que mejoren las buenas prácticas en las llamadas comerciales que realizan. Además, refuerzan el compromiso con los usuarios para el cumplimiento de este Código.

Jazztel, ONO, Orange, Telefónica, Vodafone y Yoigo manifiestan su voluntad de luchar contra el spam telefónico con el refuerzo de su Código Deontológico de televenta. Los operadores creen que este acuerdo pone de manifiesto su interés por mejorar los parámetros y los procedimientos de control establecidos para poder ofrecer unas garantías a los usuarios.

El compromiso de los operadores pasa, además de por ofrecer garantías a los usuarios, por controlar la forma, la reiteración, el control y reducir los horarios de las llamadas. Estas son algunas de las principales demandas de los usuarios, que muchas veces son molestados en días y horas que no son demasiado correctas.

Los operadores se comprometen a:

- Reducir las franjas horarias. De lunes a viernes de 10 a 20.30 horas. Los sábados de 10 a 14 horas. Antes se podía llamar de lunes a viernes hasta las 22 de la noche y los sábados desde las 9 de la mañana.
- Establecer mecanismos de control. Se realizará con un panel externo con encuestas periódicas a los usuarios. Se creará una comisión con un representante por operadora para verificar el cumplimiento del Código.
- Respetar al usuario. Cuando se manifieste no tener interés en la llamada, el operadora no volverá a llamar hasta después de tres meses.
- No utilizar métodos desleales con la competencia. No se proporcionarán datos o contestaciones que puedan interpretarse como una aceptación al cambio de operadora.
- Limitar las llamadas. Máximo de tres intentos mensuales sobre líneas no contactadas.
- Informar de forma transparente. Cada operador informará de los números de contacto que esté utilizando, que estarán en un registro común. No se ocultará el número del operador al usuario (número oculto o privado).

¿Qué os parece el compromiso de los operadores contra el spam telefónico?

http://www.adslzone.net/article11902-los-operadores-contra-el-spam-telefonico.html
#32366
La banda ancha española ha mejorado sustancialmente en los últimos años. Se trata de una afirmación incuestionable pero que como sucede con casi todo, cuenta con trágicas excepciones. Éste es el caso de los 42.000 hogares que en nuestro país aún no acceden a una de estas conexiones y navegan a 128 Kbps como máximo.

Conexiones del siglo pasado en pleno año 2013. Ésta es la realidad que sufren 42.372 hogares aún en nuestro año, según los últimos datos que recogen en Redeszone.net. Conectados a Internet en unas condiciones que a día de hoy desesperarían a la inmensa mayoría de los internautas, el acceso se realiza a través de la denominada red telefónica conmutada (RTC), que aún sigue generando un negocio de 1,61 millones de euros según los datos de a CMT sobre 2012.

El precio que pagan por dichos accesos es meramente testimonial, de apenas 38 euros al año lo que nos deja una media de poco más de 3 euros al mes. Hablamos de la denominada banda estrecha, muy lejos de ofrecer las condiciones que permite el ADSL (por no hablar del cable o la fibra óptica) e incluso la banda ancha móvil.

Así, la mayoría de los usuarios que aún acceder por la RTC, cuentan con módems que ofrecen un máximo de entre 64 y 128 Kbps. Incluso esta última velocidad es excepcional, puesto que solo se accede a ella si se prescinde de las frecuencias de voz. No obstante, un dato a tener en cuenta es que el regulador no contabiliza aquellos hogares que no pueden ni acceder con módem, cuyo número es más excepcional si cabe pero que no deja de ser una realidad.

Alternativas para acabar con la brecha digital

Recordemos que estos casos son los que se dan en zonas de población aisladas y con bajo nivel de población donde las infraestructuras fijas brillan por su ausencia. Forman parte de lleno de la denominada brecha digital y resulta impensable su acceso a Internet siquiera a medio plazo con banda ancha fija de alta velocidad. Para evitar que queden aislados y sin posibilidad de acceder a la banda ancha tanto el desarrollo de las conexiones móviles como las generadas con otras tecnologías como el de la que se ofrece a través del satélite resultan imprescindibles.

http://www.adslzone.net/article11907-mas-de-42000-hogares-no-acceden-al-adsl-y-aun-navegan-a-128-kbps.html
#32367
Sony ha mostrado su compromiso con la Ultra Alta Definición 4K y prepara un servicio en streaming basado en esta tecnología. La compañía japonesa quiere liderar el futuro de la imagen y ya tiene algunos televisores compatibles con resoluciones 4K. Desde Sony son conscientes de lo necesarios que son los contenidos para el éxito, por ello apostarán por este servicio de streaming 4K que requerirá conexiones de banda ancha de 20 Mbps. Los usuarios de ADSL podrían quedarse sin acceso al servicio.

Nuestros compañeros de AdslZone Televisión nos hablan de la apuesta de Sony para lanzar el primer servicio streaming 4K. La firma japonesa está trabajando junto con la compañía Eye IO para lanzar una oferta de contenidos en esta resolución espectacular. El servicio podría incluso estar listo para ser lanzado este mismo verano ya que las últimas pruebas realizadas por Eye IO han sido bastante satisfactorias.

Una de los principales escollos para el éxito del servicio radica en sus requisitos técnicos. No sólo hará falta una televisión o dispositivo preparado para 4K, también será necesario contar con una conexión de banda ancha de 18 o 20 megas. En España es impensable que los usuarios de ADSL puedan acceder a este servicio, que quedará relegado a los afortunados que cuenten con fibra óptica en su domicilio.

El servicio en streaming de Sony con tecnología 4K utilizará el formato MPEG-4 H.264 con cuatro veces más píxeles que las emisiones HD actuales. La firma japonesa no ha dado más detalles sobre el servicio de streaming ni ha adelantado precios o fecha de lanzamiento, aunque como hemos comentado, se apunta a que podría ser lanzado este mismo verano. Sony ha admitido que los trabajos van por buen camino.

Las películas que estarán incluidas en el catálogo de Sony para el lanzamiento del servicio de streaming 4K son Desafío Total, Spider-Man, Bad Teacher, Salt y Karate Kid. Con este lanzamiento, Sony dará un paso muy importante para acercar la llegada de la tecnología 4K a los hogares. ¿Qué opináis del servicio que lanzará Sony?

http://www.adslzone.net/article11901-sony-prepara-un-servicio-de-streaming-4k-que-requiere-20-mbps-de-velocidad.html
#32368
MEGA, el sucesor del popular servicio de alojamiento de ficheros Megaupload, nació con la promesa de contar con un sistema de seguridad infranqueable "anti hackers". Cinco meses después de su lanzamiento, Kim Dotcom se congratula de informar que nadie ha sido capaz de hackear el código de MEGA. Recordemos que se pueden conseguir hasta 10.000 euros de recompensa por lograrlo.

Kim Dotcom ha informado a través de su prolífica cuenta de Twitter de que en cinco meses desde el lanzamiento de MEGA, nadie ha conseguido "romper" el cifrado de seguridad presente en el nuevo servicio de almacenamiento de ficheros. Recordemos que esta es una de la características estrella de la nueva plataforma que Kim Dotcom lanzó al mercado como sustituta del popular Megaupload, cerrado hace más de un año por las autoridades estadounidenses.

MEGA cuenta con un programa de recompensas para los que consigan encontrar problemas de seguridad en el servicio. El objetivo principal de este programa es conseguir mejorar la plataforma y blindarla contra la aparición inesperada de agujeros de seguridad. Son muchas las compañías que han apostado por el lanzamiento de programas de recompensa de este tipo para conseguir cerrar rápidamente los agujeros de seguridad.

El nuevo servicio de Kim Dotcom ofrece recompensas de hasta 10.000 euros para los que consigan romper el cifrado "Advanced Encryption Standard" con el que cuenta el servicio. Recordemos que los datos de MEGA se cifran con el algoritmo AES y una clave RSA de 2048 bits. Esto convierte al servicio de alojamiento de ficheros en una plataforma muy segura y a prueba de ciberataques.

Pese a las buenas intenciones de Dotcom, es cierto que MEGA no ha conseguido un gran éxito en estos cinco meses. Es cierto que el servicio es extremadamente seguro y que muchos usuarios lo utilizan, pero no ha adquirido la dimensión que tuvo en su día Megaupload. Seguro que noticias como esta le ayudan a seguir creciendo. ¿Qué os parece MEGA? ¿Lo utilizáis habitualmente?

http://www.adslzone.net/article11888-cinco-meses-despues-de-su-lanzamiento-nadie-ha-podido-hackear-mega.html
#32369
La nueva entrega del navegador de la Fundación Mozilla, Firefox 22, ya ha alcanzado la condición de estable y el lanzamiento oficial se producirá en las próximas horas. Como viene siendo habitual, la versión está disponible en los servidores ftp de Mozilla, aunque lo mejor es esperar a que el navegador se actualice de manera automática.

En cuanto a las características y mejoras que vamos a encontrar, si nada ha cambiado respecto de Firefox 22 Beta, (la nota oficial de lanzamiento aún no se ha hecho pública), el ciclo de desarrollo rápido del producto no suele contemplar cambios de grandes titulares, aunque sí mejoras que hacen del navegador un producto cada vez más consistente.

Seguir leyendo: http://www.genbeta.com/navegadores/firefox-22-listo-para-todos-principales-novedades
#32370
El Abogado general del Tribunal de Justicia de la UE cree que Google está sujeta a la legislación de la UE sobre privacidad pero no está obligado a borrar la información sensible de su índice de búsqueda. De esta forma, da la razón al buscador en un caso que enfrenta a España, y en concreto a la Agencia de Protección de Datos, con el gigante informático estadounidense sobre el 'derecho al olvido' en Internet.

El dictamen preliminar no tiene carácter vinculante, aunque los jueces suelen seguir estas recomendaciones en la mayoría de los casos. La sentencia final se publicará dentro de unos meses.

Niilo Jääskinen, Abogado general del Tribunal Europeo de Justicia, afirma que las empresas que operan en la UE deben cumplir con la legislación de protección de datos de cada país, pero que no se puede obligar a eliminar contenidos producidos por otros.

Jääskinen recuerda que Google, en su actividad de búsqueda de información y puesta a disposición de los internautas de la misma, "trata" datos personales, pero afirma que "no se puede considerar al proveedor de servicios 'responsable del tratamiento' de tales datos personales [...] siempre que el proveedor del servicio no indexe o archive datos personales en contra de las instrucciones o las peticiones del editor de la página web".

El abogado sugiere en sus conclusiones que "los derechos de cancelación y bloqueo de datos [recogidos en la directiva correspondiente, la 95/46/CE] no confieren al interesado el derecho a dirigirse a un proveedor de servicios de motor de búsqueda para impedir que se indexe información que le afecta personalmente, publicada legalmente en páginas web de terceros, invocando su deseo de que los usuarios de Internet no conozcan tal información si considera que le es perjudicial o desea que se condene al olvido".

Sin 'derecho al olvido' generalizado

Jääskinen considera que "una autoridad nacional de protección de datos no puede requerir a un proveedor de servicios de motor de búsqueda en Internet que retire información de su índice, salvo en los supuestos en que el proveedor de servicios no ha respetado los códigos de exclusión".

También sostiene que la actual Directiva no establece ningún 'derecho al olvido' generalizado. Por tanto, no puede invocarse tal derecho frente a proveedores de servicios de motor de búsqueda sobre la base de la Directiva, aun cuando ésta se interpreta con arreglo a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, En particular, el derecho al respeto de la vida privada y familiar y el derecho a la protección de los datos personales , frente a la libertad de expresión e información y la libertad de empresa.

Precisamente la Unión Europea está negociando ahora una nueva directiva que sí incluirá el 'derecho al olvido' para las personas cuyos datos hayan sido tratados y registrados por empresas tecnológicas como Google o Facebook.

El Abogado general del TJUE sí da la razón a la Agencia Española de Protección de Datos cuando se trata de medir el ámbito de aplicación de las normas que recoge la regulación nacional y la directiva europea. Así, señala que "la normativa nacional de protección de datos es de aplicación cuando establecen en un Estado miembro, a fin de promover y vender espacios publicitarios en su motor de búsqueda, una oficina que orienta su actividad hacia los habitantes de dicho Estado, aunque el tratamiento técnico de los datos se realice en otro lugar".

Google celebra la opinión

Fuentes de Google España celebraron la publicación de la opinión del abogado y resaltaron que da la razón a la compañía en tanto que la actividad que sealiza como buscador es de mera indexación, no de 'apropiación' de los datos.

Según la compañía, habrá que esperar a la resolución del TJUE, que se espera para después del verano o finales de este año. Asimismo, detaca que esta visión podría ser una buena fuente de inspiración para la futura directiva de protección de datos, sobre la que aún se discute.

En un breve comunicado, la compañía afirma que "es una buena opinión para la libre expresión". "Estamos contentos de ver que apoya nuestra visión de que la exigencia de los motores de búsqueda para suprimir 'información legítima y legal' equivaldría a censura", concluye.

Origen de las cuestiones

El caso se remonta a 1998, cuando un periódico español de gran tirada insertó dos anuncios de una subasta de inmuebles relacionada con un embargo derivado de deudas a la Seguridad Social. Dicho anuncio, que posteriormente fue colgado en la edición 'online' del periódico, se mencionaba un nombre como propietario de estos inmuebles.

En 2009 esta persona contactó con la editorial del periódico para quejarse porque, cuando introducía su nombre y apellidos en Google, aparecía la referencia a dichos anuncios, a pesar de que el embargo estaba solucionado y resuelto desde hacía años. La editorial alegó que no procedía la eliminación de esos datos puesto que el anuncio se había puesto por requerimiento del Ministerio de Trabajo e instó al usuario a contactar con Google para que eliminara esas referencias a su nombre.

Tras contactar con la empresa estadounidense, el usuario solicitó el amparo de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), quien finalmente reclamó a Google que adoptara las medidas necesarias para retirar los datos de su índice e imposibilitar el acceso futuro a los mismos. Google interpuso posteriormente un recurso ante la Audiencia Nacional en los que solicitaban la nulidad de la resolución de la AEPD. El tribunal español, a su vez, remitió una serie de cuestiones jurídicas al Tribunal Europeo que ahora han sido resueltas con este dictamen.

Google ha recurrido la decisión, y otros casos similares (más de 180) alegando que corresponde a la fuente original de la información corregirla si es incorrecta y que obligarle a suprimirla del resultado de sus búsquedas constituye un atentando contra la libertad de expresión.

Las cuestiones de la Audiencia

La Audiencia Nacional planteó al Tribunal de Justicia una serie de preguntas para resolver el caso (PDF), cuyas primeras respuestas se conocerán este martes.

En particular, el tribunal español preguntaba si el afectado tiene 'derecho al olvido', es decir a dirigirse a buscadores para impedir la indexación de la información referida a su persona publicada en páginas web de terceros, amparándose en su voluntad de que no sea conocida por los internautas cuando considere que puede perjudicarle o desea que sea olvidada, aunque se trate de una información publicada lícitamente por terceros.

La Audiencia Nacional deseaba saber además si es posible aplicar la directiva de la UE sobre protección de datos para tutelar el derecho a la protección de los datos de un nacional español y que tiene su residencia en España, frente a la empresa Google, que tiene su domicilio fuera de la UE, en Estados Unidos.

http://www.elmundo.es/elmundo/2013/06/25/navegante/1372137890.html