Cita de: engel lex en 2 Diciembre 2014, 22:32 PM
eso depende mucho de la intencionalidad... no es tan facil alegar simplemente ira... ya que a sabiendas de que se cometio un crimen decidiste destruir algo que seria evidencia (en pro o en contra) en un caso legal, posiblemente es atenuante el hecho que alegues "que aun no era evidencia" e "ira" pero igual pagaras
Okey, te propongo un caso inverso.
Juan hizo un malware y que creo unos 500k de bots. Todo funciona bien, pero tiene un problema en el codigo, se enoja con su PC y destruye el disco rigido.
En ese momento le golpean la puerta de la casa y comienzan con un ayanamiento.
O mas aún... Pedro que hizo similar malware pero de 200k de bots; esta chateando con un amigo y este la manda una foto de su novia en un momento intimo con Juan. Su novia está con Juan porque el SI hizo un bot con 500k y es un "hacker" mucho mejor. En ese momento, a Pedro le invade ira y procede a destruir su PC porque:
A)su bot es peor que el de Juan
B)Su novia eligió a Juan.
C)Porque es un calenton.
A los 5 minutos le golpean la puerta y ayanan el domicilio.
Tanto Juan como Pedro no tenían intención de destruir evidencia. Ambos alegan ira. Como tu dices, no es tan facil alegar ira... Ambos tendran cargos por destruccion de evidencia?
Cuando en realidad en ningun momento ninguno de los dos estaban destruyendo evidencia sino su pc.
Estas cosas las tiene que probar el fiscal. Si alega destruccion de evidencia, tiene que demostrar que el autor del delito de destruccion realmente tenía intencion de destruir la evidencia. Y lo tiene que hacer objetivamente.
La una forma de alegar eso, es que primero tiene que demostrar que el autor sabia que eso era evidencia. (Ej, policias llevandose su pc) Y que luego la accion que realizo era para destruir la evidencia (Sacar un hacha de su cama y correr hacia el policia gritando MUERE!!!!!!!!!!! evidencia [en voz baja])
La imputacion del crimen tiene que ser objetiva, no se puede decir simplemente que lo hizo porque era evidencia y estaba salvando su pellejo, el fiscal lo tiene que demostrar primero
Un poco off-topic:
(Y cosas que pasan en la argentina)
Carlos esta siendo procesado por robo a mano armada.
Juicio oral.
Se sentencia 4 años de prision.
Apela.
Como no tiene antecedentes, se toma que no existe riesgo procesal.
Entonces hasta que no sale la sentencia la Camara de Casación Penal (1-2 años de espera) queda en libertad.
A los 4 meses, Carlos es procesado nuevamente por robo a mano armada por un nuevo delito.
Se sentencia a 4.5 años de prision.
(Todavia no tiene sentencia firme por el caso anterior)
Como no hay antecedentes (si, no los hay ya que no hay sentencia firme) se toma como que no hay riesgo procesal.
Sigue libre....