¿Pueden despedirte por WhatsApp?

Iniciado por wolfbcn, 7 Agosto 2015, 14:12 PM

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wolfbcn

Twitter, Facebook, WhatsApp, Line, Skype, LinkedIn... Tenemos media vida ya en estas redes sociales. Ligamos, nos informamos, discutimos con desconocidos, conseguimos contactos profesionales, desparramamos nuestro "humor"..., es decir, hacemos lo que viene siendo un poco de todo, porque para ello han nacido estas plataformas. Su poder es tal que gracias a ellas podemos conseguir hasta un puesto de trabajo.

A estas alturas raro es que tu jefe no te informe de algún que otro trabajo para hacer a través de WhatsApp. Las relaciones laborales han cambiado casi tanto como las sociales con las nuevas tecnologías y ahora levantamos menos el teléfono de la oficina y tenemos más mensajes de WhatsApp en el móvil –y eso sin contar los grupos de "amigos" del trabajo–.

No obstante, no se deben de pasar ciertos límites y, de hacerlo, hay que tener muy claro lo que está permitido por la ley y lo que no. Así, un despido a través de una red social como WhatsApp no es legal, "no tiene validez legal, ya que para que un despido se pueda considerar válido el Estatuto de los Trabajadores exige que la comunicación se haga por escrito y de manera fehaciente", aseguran desde la empresa de asistencia jurídica Legálitas.

"Para que un despido pueda prosperar en su causa y ser procedente debe ser comunicado por escrito, en la carta que se debe entregar al trabajador deben figurar los hechos que motivan el despido y la fecha de efectos. El empresario debe comunicar a los representantes de los trabajadores, si los hubiere, el despido realizado".

Por lo tanto, la rapidez de WhatsApp no sirve para estos casos. Aunque tu jefe te diga que estás despedido a través de la aplicación de mensajería la decisión no tendrá validez legal si no te envía la correspondiente carta de despido en la que se detallan datos como "la fecha de efecto del despido y los argumentos que motivan esa decisión".

Como también nos indica Legálitas, el despido se puede reclamar y el plazo para hacerlo es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido (considerándose inhábiles sábados, domingos y festivos, además del 24 y 31 de diciembre, según el Estatuto de los trabajadores).

http://www.libertaddigital.com/ciencia-tecnologia/internet/2015-08-06/pueden-despedirte-por-whatsapp-1276554436/
La mayoria pedimos consejo cuando sabemos la respuesta, pero queremos que nos den otra.

ccrunch

Si lo de la noticia a muchos les parece irreal, leer lo mio.

Un día antes me dicen que me puedo coger vacaciones, todo bien, todo correcto, las cojo.
Siendo el día 6-7 de agosto me llega un SMS de la seguridad social diciendo que la baja con fecha de 31/07/2015 en la empresa XXX se ha procesado correctamente.

Todavía estoy esperando a que me lo digan en persona. La cosa es que cuando hacen eso, estás casi obligado a ir a firmar para cobrar el paro en el caso de que tengas, o vas a aclarar las cosas.

Eso del despido por whatsapp o sms o telefónico, va mas de la mano de la seriedad de la empresa que otra cosa.

Orubatosu

En ese caso puedes decir a la Seguridad Social que tu no has firmado una carta de despido de ningún tipo
"When People called me freak, i close my eyes and laughed, because they are blinded to happiness"
Hideto Matsumoto 1964-1998

engel lex

en mi país por eso denuncias a la empresa, te tendrán que pagar tu antigüedad como si te hubieran despedido, a demás tendrán que colocarte en tu puesto de trabajo de nuevo (sin posibilidad de despedirte en unos 6 meses) a demás la empresa tendrá que pagar una multa terrible y contando todo esto, no pierdes tu antigüedad, se sigue manteniendo! :P
El problema con la sociedad actualmente radica en que todos creen que tienen el derecho de tener una opinión, y que esa opinión sea validada por todos, cuando lo correcto es que todos tengan derecho a una opinión, siempre y cuando esa opinión pueda ser ignorada, cuestionada, e incluso ser sujeta a burla, particularmente cuando no tiene sentido alguno.

cker

en mexico cualquer  elemento digital que quieras exibir como prueba debera estar acompañada de un documeto escrito que exprese lo mismo que el formato digital y avalado porun perito.
te aconsejo que te asesores de un especialista antes de firmara culaquer cosa.
en la oficina del trabajo debe haber asesorias gratuitas. aprovechalas.