Imputado por retuitear un vídeo con contenido sexual entre menores

Iniciado por wolfbcn, 3 Junio 2013, 13:26 PM

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wolfbcn

El pasado mes de abril advertíamos de las consecuencias legales que podría traer un simple retuit de un vídeo con contenido sexual entre menores. Dos meses más tarde conocemos la imputación de un usuario de la red social de microblogging por este motivo.

La Brigada de Investigaciones Tecnológicas de la Policía Nacional (BIT) ha confirmado la imputación de un usuario de Twitter por distribuir material pornográfico infantil. El simple hecho de retuitear un contenido de este tipo es considerado un delito cuyas penas van desde los dos a los cinco años de prisión y de los cinco a los nueve años si se considera agravado, según recoge el Código Penal.

Como destaca la BIT, en lo que va de año se han conocido hasta tres casos de especial gravedad y cuyos implicados no siempre han sido conscientes de las consecuencias de su actos. El más destacado se dio a conocer en abril, cuando se distribuyó de forma masiva por Twitter un vídeo en el que se observaba a menores manteniendo relaciones sexuales. En este caso se acabó con la imputación de tres personas por la grabación y difusión de pornografía considerada legalmente como infantil.

Otro caso fue el de un vídeo distribuido en plataformas de mensajería instantánea móvil como WhatsApp. Hasta cinco menores fueron detenidos por grabación y distribución y otro de ellos bajo la acusación de agresión sexual. El más reciente ha sido otro caso en el que se ven imágenes de dos menores de 13 y 4 años que ha acabado con el arresto de otros seis menores por los mismos delitos.

Desde la BIT se anima a los usuarios a colaborar para evitar estos delitos. Aunque realizan rastreos diarios, sin las denuncias de los usuarios no pueden tener constancia de todos ellos, a lo que hay que unir que para denunciar estos casos se necesita una documentación exhaustiva. En cualquier caso, la Policía destaca que "la falta de consciencia de los menores y la poca educación tecnológica de los padres" son los principales motivos de este tipo de situaciones.

Así pues, cabe recordar que "a diferencia de lo que sucede en el ámbito de la propiedad intelectual, donde facilitar mediante enlaces la comunicación pública de obras protegidas por derechos de autor no es delito, en el ámbito de la pornografía infantil toda contribución (producir, vender, distribuir, exhibir, ofrecer o facilitar la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio) tiene carácter de infracción penal".

http://www.adslzone.net/article11705-imputado-por-retuitear-un-video-con-contenido-sexual-entre-menores.html
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