Despedida por dedicar su jornada laboral a conectarse a Internet

Iniciado por wolfbcn, 8 Julio 2011, 16:00 PM

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wolfbcn

El juez de la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TJSR), ha confirmado, en una sentencia, el despido de una trabajadora que dedicaba gran parte de su trabajo a conectarse a Internet.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press indica que A.M.O., fue despedida de la empresa 'IMAN TEMPORING ETT, SL.', el 14 de octubre de 2010. En ese instante se le comunicó un despido disciplinario porque "su actitud en el desempeño de sus funciones no se ajusta a los parámetros de calidad y dedicación que exige la prestación de sus servicios, así como que se ha comprobado una reducción del tiempo dedicado a sus funciones así como una actitud de desidia y desinterés en el trabajo, hechos por los que fue advertida verbalmente en reiteradas ocasiones".

Se indicaba que ello venía a que "una parte importante de su tiempo de trabajo lo dedicaba a conexiones a Internet", hecho que durante las últimas semanas habían "sido constantes, habituales y de considerable duración". Entre los hechos, que argumentó la empresa, se recoge, que A.M.O., el día 13 de octubre de 2.010, durante su jornada laboral, se conectó con un total de 57 visitas a páginas de Internet no relacionadas con su actividad laboral, estando prácticamente toda la jornada, desde las 9,19 horas hasta las 12,49 horas, conectada a tales páginas, teniendo en cuenta que ese día se marchó de la oficina a las 13 horas porque tenía que ir al médico.

La empresa tiene una normativa en la que se indica que los recursos IT "son puestos a disposición del usuario para el desarrollo de sus obligaciones laborales". Su uso para fines personales "está permitido siempre y cuando no genere coste adicional para la empresa y no se consuman recursos necesarios para la actividad empresarial. Queda expresamente prohibido el uso de recursos IT para uso privado con ánimo de lucro".

Los usuarios, prosigue la normativa, "no podrán utilizar los recursos IT de forma inadecuada, o ilegalmente, y en caso de ser utilizados para fines particulares, éstas siempre serán de forma coherente y de buena fe. Quedan absolutamente prohibidas "el abuso en la utilización particular del correo electrónico; y "la navegación por páginas de Internet inapropiadas o ilegales, no limitándose exclusivamente a las pornográficas, y la descarga de cualquier tipo de contenidos que no sean para uso empresarial. Además de cualquier descarga se verificará su legalidad, en especial, en lo relativo a la propiedad intelectual.

Además la empresa les informó que "exclusivamente para evitar la comisión de acciones ilegales por medio de los recursos IT, tiene la potestad de revisar el contenido de los correos electrónicos enviados desde las cuentas de la empresa, o desde sus aplicaciones, así como revisar las páginas web visualizadas. Estas acciones sólo se llevarán a cabo en el supuesto de que existan fundadas sospechas de que se están utilizando los recursos IT de forma inapropiada. "Dicha normativa fue entregada y firmada por la trabajadora en fechas de 31 de enero de 2.008 y 31 de diciembre de 2.009".

Para el juez, su firma implicaba la aceptación del contenido de la norma, así como que la empresa había establecido previamente las reglas de uso de los medios informáticos de la empresa y acceso a Internet, con aplicación de prohibiciones absolutas y parciales informando a los trabajadores de que se instauraría un control y de los medios a aplicar en orden a comprobar la corrección de los usos, así como de las medidas que se adoptarían en su caso para garantizar la efectiva utilización del medio informático.

Además, dice que el informe se realizó tras "recibir varias quejas sobre lentitud y problemas de acceso a los documentos y aplicaciones corporativas, observándose por el departamento de informática que era un problema de lentitud de acceso de la línea derivado por un abuso de navegación de la oficina de Calahorra, habiéndose advertido verbalmente en varias ocasiones a la autora pro el representante del departamento de sistemas sobre el contenido de la normativa interna, y explicado que la línea de datos de acceso debe quedar libre para uso empresarial".

El juez indica que no resulta la medida de control "ni injustificada ni desproporcionada; sin que haya existido violación del derecho a la intimidad, siendo una prueba válida para la acreditación de la causa de despido imputada a la autora", por lo que ratifica el despido, y por tanto desestima el recurso de suplicación.

FUENTE :http://www.noticiasdot.com/wp2/2011/07/07/despedida-por-dedicar-su-jornada-laboral-a-conectarse-a-internet/
La mayoria pedimos consejo cuando sabemos la respuesta, pero queremos que nos den otra.

crazykenny

No es por soltar un mensaje machista ni nada, y no es por serlo, pero, ¿os habeis fijado que, al igual que en la otra noticia relacionada con "abuso de internet" se han despedido a mujeres?, y, insisto, no lo digo por insinuar nada en concreto y/o por intentar ser machista ni nada por el estilo, solo menciono la coincidencia.
Saludos.
A nivel personal, lo que me da mas miedo no son los planteamientos y acciones individuales, sino las realizadas en grupo, ya que estas ultimas pueden acabar con consecuencias especialmente nefastas para todos.
Se responsable, consecuente y da ejemplo.
http://informaticayotrostemas.blogspot.com.es/2013/12/situacion-de-la-educacion-actual-en.html
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ex-compañera

Como el texto es largo lo voy a publicar en veces. Numeradas.

1 .- La despedida es mi ex-compañera, pero esas no son sus iniciales, os cuento por encima, el problema no eran las conexiones, ya que por facebook, estábamos gran  parte de la empresa comunicados, incluso algún jefe, con el que hablaba habitualmente de trabajo, incluso en el juicio se demostró que el informático que hizo el informe en su contra, estaba también conectado en horas  de trabajo. el lo reconoció, el problema era que se llevaba mal con su compañera (Esta chica, no cumplía con sus horarios y obligaciones) , hija de una empresa usuaria yo lo he sufrido.

2.- De los días que ponen de conexión, exactamente el 4 de Octubre, no  estuvo trabajando y lo tiene justificado, se pidió la hoja de entradas y salidas en las que se firmaba cada día, para el juicio y la empresa no la llevó, después de estar admitida a trámite esa prueba, aún así, llevo ella un escrito, en el que ponía  donde estuvo, y ese día ponen muchas horas de conexión,  y el d´ñia 13, a las 12,45 salía del medico, (no lo que pone en la sentencia)  también aporto el justificante, y mientras ella está en el médico, hay conexiones pero creyeron a la empresa de que el parte médico,  estaba falsificado, con el sello de C.I,A.S. y la firma del médico.

3.-La Juez, no supo interpretar las conexiones, ya que las 57 visitas que ponen, no son visitas, sino, movimientos, en los que las páginas se actualizan ellas solitas, todo esto lo consulto la trabajadora con un informático. Estuvo seis semanas sola en la  oficina  en el verano, cuando en esas fechas hemos estado hasta 4 personas ya que es la campaña mas dura y su compañera estuvo de vacaciones y de baja , todo el trabajo salió adelante, y creedme que es duro hacer sola esas campañas, yo las he vivido. Y ella estuvo doce horas diarias trabajando. Su jefe le felicitó y sus clientes, pero le cerraron el correo y no pudo aportar esas pruebas

4.- A día de hoy, gracias a las cartas de recomendación de sus clientes y las oportunas llamadas, ella está trabajando en la competencia, y no quiere saber nada de Iman, su nuevo trabajo es su mayor juicio ganado. He trabajado allí y se de lo que hablo.. Y se el daño que le han hecho. Tuvo que cancelar sus vacaciones, etc, etc, etc. Y trabajaba muchísimo, todos los que hemos trabajado allí, y todos los vecinos de oficina lo sabemos,. Lo único que le duele es que han hecho llorar a su madre, ella tiene la conciencia limpia y tranquila y la vida le va dando la razón. 

5.-  Le han llamado de la televisión para entrevistarla, pero  por respeto a su nuevo trabajo, no quiere saber nada de todo esto y está muy tranquila y feliz y con la cabeza muy alta. Todos nos conocemos, en el lugar donde vivimos. Y todas las puertas de sus clientes, las tiene abiertas.



crazykenny

Bueno, ex-compañera, espero que no te sientas ofendida por el hecho de que wolfbcn haya puesto la noticia, o por mi comentario, ya que no es nuesta intencion.
Por otra parte, hay que j.... lo que le han hecho a tu compañera, la verdad.
Saludos.
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ex-compañera

La figura de la justicia viene representada con una venda en los ojos, y sinceramente creo que se la deberian de quitar de vez en cuando para que viera realmente quien aporta documentacion veridica y quien aporta falsedades.

Creo que la señora jueza antes de entrar al juicio ya tenia decidido que sentecia iba a dictar, ya que cuando la abogada defensora exponia su alegato, ella miraba al techo se arreglaba el pelo, etc y cuando le dedicaba una mirada, en sus ojos se podia leer.... ¿Terminas ya?

En la oficina de Calahorra habia dos personas que laboralmente entre ellas habia conflictos, una (la despedida) una persona sumamente trabajadora, pero.... normal y corriente. La otra, una persona de largos cafes, impuntualidad, etc, pero...... que su familia tiene una empresa que colabora con Iman Temporing, con lo cual, le aporta beneficios mensuales a la empresa. La pregunta real es, ¿a quien despediria la empresa? yo creo que por logica y tal y como se ha demostrado a la que no aporta mas que su buen trabajo.

Las conexiones a Internet muchas de ellas son automaticas en el momento que abres el pc, y todos los directivos y personal de otras delegaciones como se demostro con documentacion en el juicio estan constantemente concectados a Facebook o a otra red social. Por lo que yo creo que la empresa deberia cerrar, por los mismos motivos por los que a acusado a una trabajadora para despedirla.

Ademas, quedo demostrado con documentacion que alguna de esas redes sociales habian sido utilizadas para localizar a trabajadores, asi que mas bien se deberia considerar una herramienta de trabajo.

Y puedo decir bien alto, que jamas se le dijo ni verbalmente ni por escrito a la trabajadora que no utilizara las redes sociales.

!!!!Es uno de los juicios mas injustos que yo he visto jamas¡¡¡¡¡

crazykenny

No te lo niego, ex-compañera, y en cierta manera, ya lo comento en otros temas, y es que España da asco, y este caso, en el cual han despedido a tu compañera, ya sea en la empresa como en el tema de justicia, pues España se luce, mas que nada en tema mentalidad en general y justicia, entre otras cosas, por decirlo asi, y se tendrian que cambiar muchas cosas.
Saludos.
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MEGAHOM

Pues por una parte yo creo que esta bien si vas ha trabajar vas a trabajar no ha pasar el tiempo en la oficina metido en Internet, esto lo digo por un caso de un cliente mío que resulta que la oficinista esta mas tiempo en Internet que haciendo su trabajo y para que no lo sepa el jefe borra el historial, y ahora quiere que le ponga una contraseña al historial para pillarla y tener las pruebas ha sin que por esta parte lo veo bien

El trabajo es el trabajo y para estar en Internet que se valla ha su casa

crazykenny

Te entiendo, y se lo que quieres decir, MEGAHOM, pero parece que por lo que dice ex-compañera, pues habia otros motivos, pese a que se podia acceder a facebook, y, por lo que entendido (con perdon, pero es que no es de pretender (y me disculpo) que me lea varias veces a la hora de responder el tema, especialmente si las respuestas son largas, y no lo digo para ofenderte ni nada, ex-compañera), parece que, en segun que cosas, era necesario acceder, y lo han utilizado como excusa para despedirla, y como prueba ante el tribunal.
Aun asi, estamos de acuerdo en lo que dices, MEGAHOM, y, si estas en el trabajo, has de trabajar, no navegando por sitios tipo facebook u otros con el fin de entretenerte, o lo que sea que no esta relacionado con el trabajo, y, si te conectas, pues habria que hacerlo por temas estrictamente laborales, o es lo que creo.
Saludos.
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ex-compañera

Ya he dicho que el facebook se utilizaba como herramienta de trabajo, en el estaban los directivos, y hasta el informático que presento el informe y lo reconoció en el juicio, yo estuve allí. Yo la he visto comunicarse con R.F y con J.R, etc, etc, etc
en una empresa de trabajo temporal, no es posible estar todo el día navegando, y menos estando al lado del Inem, ya que al día entran a apuntarse, como 100 personas, mas atiende el teléfono, mas haz el trabajo, muy bien hecho que ella hizo, (por eso está en la competencia trabajando) por sus clientes. Y también vuelvo a repetir que el problema era que se llevaba mal con su compañera, la cual no iba a trabajar, o llegaba tarde o se tomaba miles de cafes. Por premio a su trabajo, nuestro jefe le díjo que se cogiera los días que necesitaba, y ella dijo que solo uno, para hacer una buena obra, y casualmente en la carta de despido, ponen 172 minutos de conexión, aportó el justificante de donde estuvo y ni por esas. Igualmente el 13 de Octubre, fue al médico y salió a las 12,45 y hay conexiones hasta las 13,00, si fue al médico, espero a ser llamada, le atendieron (estuve con ella) y ya no volvió hasta la tarde, como puede ser????

crazykenny

Bueno, ex-compañera, si he comentado algo inapropiado, me disculpo.
Por otra parte, en todos sitios, empresas inclusive, hay gente bastante cabrona, y es por eso lo que le ha pasado a tu compañera, y por lo que sea (que creo que lo has comentado -y si no es asi, me disculpo-, es porque se llevaba mal con el perezoso de turno), le han despedido utilizando la excusa del facebook, y, mira, pues no se puede hacer nada.
De todas formas, ¿esta bien en el nuevo trabajo?; insisto, no lo digo por ofender, ni nada, pero si esta bien ahora como esta, y demas, pues es lo que cuenta, y lo pasado, ya paso, y de paso, aprovecho para agradecerte que la defiendas ante la situacion, porque no todo el mundo haria lo que has hecho tu ante esta situacion.
Saludos.
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