Campaña Contra La Pornografia Infantil [Ayudanos a combatir]

Iniciado por SeNeGe, 16 Febrero 2008, 18:02 PM

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Ragnarok

Cita de: fugax en 22 Febrero 2008, 21:01 PM
Cita de: PaPeRrO en 21 Febrero 2008, 15:06 PMAl que le interese el tema que se meta a policía, mientras tanto dejad el trabajo para los auténticos profesionales.

Exactamente eso. No es nuestra guerra, y ya sabemos que por cada hijoputa de esos que caen, crecen 5 mas.

Tampoco es eso, se puede y se debe colaborar, pero la forma de colaborar es la denuncia, además de los links que hay en el primer post he añadido otros dos:

http://www.protegeles.com/
https://www.gdt.guardiacivil.es/
No olvidéis leer las normas generales, además de las específicas de cada tablón.sgae, ladrones

SeNeGe

#22
EL Proyecto Ley en Argentina

National Laws
Legislation of Interpol member states on sexual offences against children
Argentina - Argentine - Argentina


Buenos Aires

The information on this page is up to date as of spring 2006

I. Mayorías de edad

Mayoría de edad simple
La mayoría de edad se obtiene a los veintiún (21) años, para ser penalmente
responsable a los dieciocho (18) años.
Edad de consentimiento para actividad sexual
La edad de consentimiento para actividad sexual se obtiene a los quince (15) años.
Edad de consentimiento para contraer matrimonio
La edad de consentimiento para contraer matrimonio se obtiene a los veintiún (21)
años.

Asimismo, existen proyectos de modificación en el campo legal, cuyos expedientes
se encuentran en estudio en distintas comisiones legislativas de la Honorable Cámara
de Diputados de la Nación.

II. Violación

‘Violación’, Artículo 119 del Código Penal vigente (1921)
"Será reprimido con reclusión o prisión de seis a quince años, el que tuviere acceso
carnal con persona de uno o otro sexo en los casos siguientes:

1) Cuando la víctima fuere menor de doce (12) años.

2) Cuando la persona ofendida se hallare privada de razón o de sentido, o cuando
por enfermedad o cualquier otra causa, no pudiere resistir.

3) Cuando se usare de fuerza o intimidación."

‘Violación agravada’, Artículo 122 del Código Penal vigente (1921)
"La reclusión o prisión será de ocho a veinte años, cuando en los casos del art.
119,
resultare un grave daño en la salud de la víctima o se cometiere el hecho por un
ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, sacerdote o encargado de
la educación o guarda de aquella o con e concurso de dos o mas personas."

III. Otras formas de abuso sexual de menores

‘Estupro’, Artículo 120 del Código Penal vigente (1921)
"Se impondrá reclusión o prisión de tres a seis años, cuando la víctima fuere mujer
honesta mayor de doce (12) años y menor de quince (15) y no se encontrare en las
circunstancias de los números 2 y 3 del articulo anterior."
‘Acceso carnal fraudulento’, Artículo 121 del Código Pena Vigente (1921)
"Se impondrá reclusión o prisión de tres a seis años, al que abusare del error de una
mujer fingiéndose su marido y tuviere con ella acceso carnal."
‘Estupro agravado’, Artículo 123 del Código Penal vigente (1921)
"Se impondrá reclusión o prisión de seis a diez años, cuando, en el caso del art. 120,
mediare alguna de las circunstancias expresadas el anterior."
‘Muerte de la víctima’, Artículo 124 del Código Penal vigente (1921)
"Se impondrá reclusión o prisión de quince a veinticinco años, cuando en los casos
de los art. 119 y 120 resultare la muerte de la persona ofendida."
‘Abuso deshonesto’, Artículo 127 del Código Penal vigente (1921)
"Se impondrá prisión de seis meses a cuatro años, al que abusare deshonestamente
de persona de uno o otro sexo, concurriendo alguna de las circunstancias del art.
119, sin que haya acceso carnal.
Si el autor del hecho fuera alguna de las personas mencionadas en el art. 122, se le
aplicara de tres a diez años de reclusión o prisión."
‘Rapto impropio, rapto de menor impúber’, Artículo 131 del Código Penal
vigente (1921)
"Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que cometiere rapto de una
menor de quince (15) años y mayor de doce (12), con su consentimiento.
El culpable será reprimido con prisión de dos años, si el rapto fuere de una menor de
doce años, con o sin su consentimiento."

IV. Prostitución infantil

‘Promoción y facilitación de la prostitución y corrupción de
menores’, Artículo 125 del Código Penal vigente (1921)
"El que con animo de lucro o para satisfacer deseos propios o ajenos, promoviere o
facilitare la prostitución o corrupción de menores de edad, sin distinción de sexo,
aunque mediare el consentimiento de la víctima, será castigado:
1) Con reclusión o prisión de cuatro a quince años, si la víctima fuera menor de doce
(12) años.
2) Con reclusión o prisión de tres a diez años, si la víctima fuera mayor de doce (12) años y menor de dieciocho (18).

3) Con prisión de dos a seis años, si la víctima fuera mayor de dieciocho (18) años y menor de veintidós.
Cualquiera fuese la edad de la víctima, la pena será de reclusión o prisión, desde
diez a quince años, cuando mediare engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, como también si el autor fuera
ascendiente, marido, hermano, tutor o persona encargada de su educación o guarda o que hiciera con ella vida marital."
‘Trata de mujeres y menores’, Artículo 127BIS del Código Penal vigente
(1921)
"El que promoviere o facilitare la entrada o salida del país de una mujer o de un
menor de edad para que ejerzan la prostitución, será reprimido con reclusión o
prisión de tres a seis años.
La pena se elevara a ocho años si mediare alguna de las circunstancias enumeradas
en el ultimo párrafo del art. 125."

V. Pornografía infantil

¿Existe una legislación contra la pornografía infantil?

La legislación penal argentina contempla en su art. 128 diversas conductas
relacionadas con violación de bien jurídico tutelado en esta materia, cual resulta ser la integridad sexual del menor, el cual se transcribe:

‘Publicaciones y reproducciones obscenas’, Articulo 128 del Código Penal
“Será reprimido con prisión de seis meses a cuatro años el que produjere o publicare imágenes pornográficas en que se exhibieran menores de dieciocho años, al igual que el que organizare espectáculos en vivo con escenas pornográficas en que participaren dichos menores”.
En la misma pena incurrirá el que distribuyere imágenes pornográficas cuyas
características externas hiciere manifiesto que en ellas se ha grabado o fotografiando la exhibición de menores de dieciocho años de edad al momento de la creación de la imagen.
Será reprimido con prisión de un mes a tres años quien facilitare el acceso a
espectáculos pornográficos o suministrare material pornográfico a menores de
catorce años.
No se contempla como ilícito penal la posesión o tenencia de esta material.


Articulo Original: http://www.interpol.int/Public/Children/SexualAbuse/NationalLaws/csaArgentina.pdf
Me iré en silencio ..

SeNeGe

Los síntomas que develan un drama secreto
El 50% de los chicos que han sido abusados se lo cuenta a un amigo, y el 20%, a la madre, según cifras de una asociación civil


Son tragedias personales, íntimas y secretas que jamás se olvidan y dejan heridas indelebles en el alma. Las consecuencias del abuso sexual infantil muchas veces se arrastran de por vida. Y por cada caso que sale a la luz, existen cientos de otros que permanecen ocultos.

Según datos de la asociación civil Salud Activa, "el 30% de las víctimas no se lo cuenta jamás a nadie porque teme a la reacción de los demás, ya sea por sentimientos de culpabilidad o de vergüenza. Otro 50% elige a un amigo de su mismo sexo como confidente, y un 20% se lo cuenta a su madre o a otro familiar".

La psicóloga Elvira Berardi, titular de la Fundación Educando para Prevenir la Violencia (Funprevi) sostiene que es muy difícil establecer qué porcentaje de casos realmente se denuncian y a quién. Pero según su experiencia, los niños más pequeños muchas veces se lo cuentan a sus abuelas; los adolescentes suelen confiarles este secreto a sus amigos más íntimos, y los adultos, generalmente después de muchos años, se animan a contarlo en la terapia o en grupos de autoayuda.

Hay que tener en cuenta que el abuso sexual no es un hecho único y violento, como una violación. "Es más bien un proceso en el que un adulto ejerce su poder afectivo y va avanzando en la intimidad del niño y capturando su voluntad de a poco", señala la psicóloga Beatriz Müller, directora de la ONG Salud Activa.

Frecuentemente, el abuso se produce dentro de la familia, por parte de alguno de los padres (biológicos o no), o de un familiar cercano. El niño no puede contarlo, porque se siente culpable y teme que si devela su secreto se destruirá la familia. Son menos los casos en que el abusador es un maestro, otro niño o un extraño.

Pero éstos son, naturalmente, los que más se difunden. Uno de los preconceptos más difundidos respecto del abuso sexual es que está ligado a la pobreza o a un bajo nivel educativo. Sin embargo, es un drama que se produce en todas las clases sociales. También es difícil prevenir los abusos, pero es importante enseñar a los chicos que su cuerpo les pertenece y que nadie tiene derecho a hacerles algo que ellos sientan que no está bien.

El silencio de los inocentes

Cuando no pueden contarlo –a veces ni siquiera tienen las palabras para hacerlo–, los niños dan señales de lo que está pasando, generalmente a través de síntomas en su conducta y en el cuerpo (ver recuadro).

Hay chicos alegres que se vuelven introvertidos y pierden etapas evolutivas. Empiezan a hacerse pis y caca encima otra vez, o vuelven a la mamadera. También hay que estar atentos a las conductas muy sexualizadas, como el exhibicionismo o los intentos de tocar los genitales de otras personas.

"Hay chicos abusadores, que generalmente fueron abusados. O están siendo testigos de situaciones de sexualidad que no entienden, y repiten conductas", advierte Müller.

A veces, inventan personajes, porque no pueden decir quién los está abusando. Pero hay que creerles. "Los niños no mienten cuando se trata del maltrato sexual –dice Berardi–. Cuando se conoce un abuso, hay que pedir ayuda profesional, y jamás silenciarlo."

Muchas veces, son los docentes quienes detectan estas señales de alarma en los chicos, o llegan a sus oídos denuncias, por parte de las víctimas o de sus compañeros. Lamentablemente, no siempre intervienen, ya sea porque no se sienten preparados para ello, o porque temen represalias por parte de los padres o de sus superiores.

"Las secuelas psicosomáticas del abuso sexual tarde o temprano aparecen como trastornos alimentarios, digestivos, endocrinológicos, depresión e intentos de suicidio", detalla Berardi.

Es sumamente importante intervenir temprano, para frenar el abuso y evitar que las víctimas pasen años peregrinando por consultorios, con su tragedia secreta y una mochila cargada de síntomas que eterniza el abuso que sufrieron en la niñez. Hay que quebrar el silencio.

María Naranjo

Las huellas del abuso

En niños menores de 6 años: sangre en el recto o en la vagina, fisuras, infecciones, dolor al sentarse o al andar. Manifestaciones de sexualidad inapropiadas para la edad, masturbación o juegos sexuales. Rechazo del contacto afectivo, aversión a determinada persona o lugar. Pesadillas y miedos recurrentes. Retroceso en el comportamiento (orinarse en la cama, chuparse el dedo, llorar excesivamente). Miedo a que los bañen o vean desnudos

De 6 a 12 años: miedos, fobias, insomnio, ansiedad y depresión. Comportamiento sexual provocador, impropio para su edad. Fugas del hogar. Falta de concentración, bajo rendimiento intelectual y pérdida de interés por lo escolar

De 12 en adelante: ideas de suicidio. Sexualización de todas las relaciones. Asumir el rol de la madre en la familia. Ausentismo escolar, alcoholismo o consumo de drogas

Dónde pedir ayuda

Salud Activa: www.saludactiva.org.ar , o al teléfono 0220 4828418 /4861180.


Funprevi: www.abusosexualinfantil.com.ar , o al teléfono 011 4811 6062.
Me iré en silencio ..

iko_

para mi los castraba a todos literalmente a mear con una goma. jamas  se debe de permitir nada a los pedofilos ni el derecho a la VIDA o al animal k borra la sonrrisa de un niño , a denunciar la mas minima sospecha  >:(
prefiero fumarla a pisarla ;)

rendery

Bueno pienso q hay q colaborar con la causa en lo q sea posible px..no es q nos vamos a tirar de investigadores y policias pero si aportar de la mejor forma, colaborando con info px... 

Castiblanco


Cr4sill

Hace un tiempo estuve intentando infiltrarme entre estos malditos..
Ahora mismo tengo emails de algunos de ellos se de un foro Privado donde incluso
el administrador comenta que asesino a un niño del cual colgaron fotos pornografícas suyas etc.. el foro necesita que seas aceptado , varios grupos se dedican a intentar
cerrar ese foro incluso lo han defaceado mas de una vez.

Si alguien se apunta a intentar algo o hacer 1 grupo contra esta gente y cazarles
que me contacte por privado o
Cr4sill.batch@gmail.com


Saludos

Pistako

Espero ser futuro policia naciona en la brigada de investigacion tecnologicas, sin duda esto es una buena forma de luchas contra esos.....(todos ya sabemos) y eso es una buena forma entre todos de ayudar. Si por casualidad veo alguna pagina lo comunicare de inmediato. Un saludo y que esto se pueda erradicar o por lo menos aminorar lo mas posibles.

Un saludo

kuy

tambien no es solo las paginas hay gente morva que los hace soy no hace mucho me llego un correo de donde en una guarderia obligavan a lso niños hacer cochinadas diosss que me dio rabia y lo mas bravo era que es dodne cuidadn a los niño eso es lo mas tristes los padres no saben lo que le pueden hacer a sus hijos en los colegios, cuidado , maternidades  hay que acavar con esto y ya!